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ISSN 1390-7778 (Versión Impresa)
ISSN 2528-8148 (Versión Electrónica)
YACHANA
Revista CientífiCa
Volumen 15, Número 2, Julio-Diciembre 2026
YACHANA Revista Cientíca, vol. 15, núm. 2 (julio-diciembre de 2026), pp. 137-157
28/04/2026
23/02/2026
Ensayo
31/07/2026
Resumen
Este texto tiene como nalidad contrastar
los encuadramientos teóricos sobre los al-
cances de la laicidad frente a las contro-
versias políticas que emergen a partir de la
acción de agentes con contenido religioso
en la esfera pública. En el campo jurídico
la laicidad permanece abstracta y homo-
génea, pero en su materialidad desborda
aparentes fronteras y diere en sus expre-
siones desde lo macro a lo local. Esa diso-
nancia reeja cómo en lo conceptual dicha
categoría presume suciencia, pero en lo
concreto parece carecer de ella. Mediante
análisis cualitativo, se muestra como cier-
to atascamiento en su diagnóstico y en las
exigencias que sobre ella recaen, toda vez
que se contrapone al fenómeno religioso, la
presentan como depositaria de estándares
compartidos y, al mismo tiempo, de sesgos
interpretativos e ideológicos, ya sea por su
amplitud o por la estrechez de sus térmi-
nos, sin embargo, en suma, el accionar de
diversos agentes va presionando su legibi-
lidad en lo concreto.
Palabras clave: América Latina, religión,
pública, política.
Abstract
This text aims to contrast theoretical fra-
meworks on the scope of secularism with
the political controversies that arise from
the actions of religious actors in the pu-
blic sphere. In the legal eld, secularism
remains abstract and homogeneous, but in
its materiality, it transcends apparent boun-
daries and diers in its expressions from
the macro to the local level. This dissonan-
ce reects how, conceptually, the category
presumes suciency, but in practice, it
seems to lack it. Through qualitative analy-
sis, a certain stagnation is revealed in its
diagnosis and in the demands placed upon
it. Since it is opposed to the religious phe-
nomenon, it is presented as the repository
of shared standards and, at the same time,
of interpretive and ideological biases, whe-
ther due to the breadth or the narrowness
of its terms. However, in short, the actions
of various actors are putting pressure on its
legibility in concrete terms.
Keywords: Latin America, religion, pu-
blic, policy.
La laicidad: entre debates conceptuales y
controversias políticas
Secularism: between conceptual debates and political
controversies
Nayive Castellanos Villamil
https://orcid.org/0000-0002-9320-682X
Investigadora, Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad de México-México, castellanos@alumni.
usp.br
10.62325/10.62325/yachana.v15.n2.2026.1057
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Introducción
Este texto propone, de un lado, recuperar
algunos abordajes o encuadramientos teó-
ricos sobre los alcances de la laicidad en
diálogo con las variaciones que, de otro
lado, diversos agentes accionan cuando de
ejecutarla se trata. Esto genera polifonía
de voces alrededor de sus aparentes fron-
teras, del “lugar de la religión”, de los -
mites de la política, cuyos registros sobre
sus controversias dejan como antagónicos
el campo religioso y el político. Median-
te en enfoque cualitativo basado en recu-
peración y contraste de fuentes, así como
levantamiento teórico y acompañamiento
a diversos casos, que generaron disputas
y movilizaciones sociales, se presentan las
disonancias y contrastes que encierra el
concepto laicidad, y la discusión sobre su
mediación frente a los conictos en torno
al fenómeno religioso en la esfera pública.
Este tema representa alcance regional dado
el auge del activismo religioso en esferas
institucionales y la demanda de categorías
como la laicidad que medien en dichas
controversias.
La laicidad se entiende comúnmente como
el marco legal que contiene en sus orígenes
el principio especíco de separación y au-
tonomía entre el Estado y la Iglesia católi-
ca, o las iglesias en su connotación presen-
te. Sin embargo, dado el actual contexto de
auge del fenómeno religioso, este princi-
pio ha merecido diversas interpretaciones
que van desde la idea de connamiento
religioso a lo privado, hasta la activa parti-
cipación política de líderes religiosos, con
el argumento de combatir cierta exclusión
en la esfera pública, que desborda la idea
de presuponer fronteras denidas entre or-
ganizaciones religiosas y políticas.
La variedad de interpretaciones sobre las
implicaciones, dimensión o límites de la
laicidad dan cuenta de la acción que diver-
sos agentes ejercen mediante sus prácticas
y discursos con base en sus criterios sobre
esa categoría, desde esferas institucionales
o civiles, produciendo y ejecutando diver-
sos modos de laicidad que presionan la
idea de polifonía sobre sus principios.
Diversas formas de entender la laicidad,
ya sean producto de sesgos ideológicos, de
intereses partidarios, de anidad cultural, o
de la misma realidad marcada por los con-
sensos a los cuales cada sociedad llegó en
sus ámbitos locales y nacionales sobre los
niveles de separación y autonomía entre
poderes, originan diversas controversias,
que usualmente son encuadradas apenas
como contraposición entre marcos jurídi-
cos y activismos religiosos, especialmente
conservadores, cuando se trata de pautas
respecto a derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
Frente a la diversidad de criterios, la lai-
cidad puede tornarse insuciente para dar
respuesta a conictos tales como conteni-
do, discursos o uso de símbolos religio-
sos en la esfera pública, y traducida como
ecualizadora de la igualdad en medio de la
diferencia presenta diversos obstáculos al
momento de su plena ejecución.
No obstante, si bien es un concepto que
requiere desprendimiento de varios sesgos
interpretativos e ideológicos, también su
propia denición puede ofrecer los prin-
cipios razonables emanados de estándares
compartidos y, al mismo tiempo, generar
controversias que detonan su concepto, y
conllevan a encuadramientos en torno a las
formas cómo se entiende la laicidad, tanto
en su concepto como en sus alcances. Esta
categoría recoge diversas discusiones que
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pasan por la emergencia de su implemen-
tación toda vez que se considera que el ac-
tivismo religioso se expande en el espacio
público.
A pesar de que la categoría mencionada es
el resultado de estándares compartidos, las
experiencias de diversas sociedades indi-
can que no se trata de una sola laicidad,
ni la forma de entenderla y ejecutarla es
homogénea. No signica lo mismo en to-
dos los contextos, y son diversas las varia-
ciones no sólo de una sociedad a otra sino
dentro de cada una de ellas.
Los apartados trabajados en este texto,
la cuestión de la laicidad y la laicidad en
cuestión, tienen como objetivo ilustrar que
referirse a la laicidad apenas como un mar-
co jurídico rígido, medido por la aproxima-
ción o alejamiento que segmentos sociales
producen en determinados campos es in-
suciente para describir las permanentes
transformaciones sociales y políticas que
la confrontan. Por un lado, la cuestión de
la laicidad aborda la forma cómo varios
autores presentan la laicidad, sus caracte-
rísticas y encuadramientos.
Por otro, la laicidad en cuestión se apro-
xima a algunas controversias en los casos
brasileño, colombiano y mexicano1 como
ejemplos más visibles de las variaciones
en la región. Por tanto, se ponen en dis-
cusión los dos apartados reejando que
mientras en teoría se discuten diversos
encuadramientos o interpretaciones sobre
su dimensión, en la práctica se revisan los
efectos que prácticas, discursos y símbo-
los tienen en materia de derechos, lo cual
presiona la laicidad entre lo normativo y
lo político, entre el centro y el margen, y
entre su delimitación y la forma cómo se
produce en lo concreto.
Desarrollo
La cuestión de la laicidad
Este apartado recupera los registros teó-
ricos sobre la naturaleza de la laicidad y
las forma cómo varios autores la abordan,
ya sea reriéndose a sus principios cons-
tituyentes y su relación con la religión,
desde su asociación con el pluralismo y
la democracia, y sobre su encuadramien-
to estado céntrico o antropocéntrico, que
en el fondo transitan por la vieja discusión
sobre el lugar de la religión en lo público,
depositando en esta categoría apenas una
relación de oposición frente a la religión o
en otras ocasiones reconociendo su legiti-
midad pública.
1. Retrospectiva
Baubérot (2009) describe la forma
cómo la laicidad adquirió un nuevo
signicado desde el siglo XVI a partir
del momento en que el Estado se apro-
pió de los bienes o funciones que eran
de dominio de la Iglesia católica, y la
presenta como una ambigüedad en su
construcción y en su uso. Unas veces se
acciona como teoría en tanto se preten-
de la convergencia unicada concep-
tual, y otras como paradigma cuando se
hacen referencias académicas o cientí-
cas que se mantienen o rechazan por
su comprobación empírico-racional y
por el respaldo de la comunidad cien-
tíca.
En unas ocasiones sigue los postulados
weberianos, si bien para señalar cam-
bios en la representación del mundo,
pero mediante procesos lineales entre
laicidad y modernidad. En otras, para
apuntar los postulados durkheimianos
sobre los procesos de diferenciación
1 La elección de los tres casos señalados obedece a estancias académicas en los tres países, que han tenido
como nalidad analizar el comportamiento político religioso, así como las variaciones de la laicidad.
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institucional. Baubérot sugirió anali-
zarla en umbrales de institucionalidad,
de legitimidad y de pluralismo.
Semánticamente, el término laicidad ha
tenido mayor uso en países de tradición
latina que anglosajona. Hasta mediados
de 1850 se utilizó la noción de seculari-
zación para designar a quien pasaba de
lo religioso a lo civil. Luego, sólo hasta
el siglo XIX, la expresión laico comen-
a salir del dominio eclesiástico para
hacer referencia a espacios sin inuen-
cia religiosa. Sin embargo, en cuanto al
surgimiento del término Estado laico se
rastrea entre los siglos XVI y XVIII en
medio de las guerras de religión (Blan-
carte, 2008).
En aquella época, en lo que respecta a
la América española, caracterizada por
el patronato, y especícamente duran-
te su descomposición, se redactaron
constituciones que protegían a la Iglesia
católica con un tratamiento privilegia-
do, pero esto también signicó que el
Estado reclamara el control sobre las
actividades clericales. Incluso, en la
actual América las confesiones religio-
sas distintas a la católica sólo pudieron
implantarse hasta que fueron decretadas
las leyes de libertad de cultos. En las úl-
timas décadas, la inuencia de tradición
cristiana en esta región, especialmente
de presencia evangélica, tanto territo-
rial como política, junto al crecimiento
de feligreses, converge con el aumento
porcentual de las personas que no prac-
tican alguna religión y, también, con el
declive del monopolio católico y de sus
seguidores pero, paradójicamente, con
el incremento de parroquias y forma-
ción de sacerdotes para la manutención
de sus tradiciones y para inuencia po-
lítica (Steil & Toniol, 2021).
2. Conceptualización
A pesar de los procesos de distancia-
miento o de aproximación que históri-
camente han contornado la laicidad, en
términos generales, su concepto hace
referencia a la separación y autonomía
entre Estado e Iglesia(s), que obedece
más a un proceso que a una fase deni-
tiva. Sin embargo, a pesar de que este
proceso se dio como consecuencia de
un contexto especíco y frente a una
necesidad puntual de autonomía de
poderes, se trata de la misma laicidad
que en la actualidad se mantiene como
referente para amparar diversas inter-
pretaciones por cuenta del fenómeno
religioso contemporáneo y de las trans-
formaciones sociales. Varios registros
teóricos se han dedicado a detallar tan-
to los principios de la laicidad como los
elementos que estarían contemplados
en esta categoría, en el intento de ac-
tualizar su contenido y ofrecer elemen-
tos de análisis alrededor de las diversas
controversias que se gestan en la esfera
pública.
Para Rudas (2022), la versión más co-
mún sobre laicidad contiene valores
republicanos, de igualdad ciudadana
y de libertad asociadas a la autonomía
individual, como compromiso político
consignado en las constituciones de-
mocráticas de varios países, y también
como proyecto que incorpora dos di-
mensiones. Por una parte, la separación
entre Estado e Iglesia en términos de
poder estatal y, por otra, esa misma se-
paración entre esferas, pero en cuestio-
nes relativas a la inclusión igualitaria
de ciudadanos.
Su análisis reere que teóricamente las
dos versiones unican el concepto de
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laicidad, pero en la práctica responden
a tensiones de naturaleza diferente,
es decir, muestra como dos abordajes
usuales de esa categoría, pero estu-
diados separadamente y considerados
incompatibles, al nal más que yux-
taponerse hacen parte de un concepto
unicado. Por un lado, se ve la laicidad
como inclusiva con respecto a las reli-
giones públicas y, por otro, como exclu-
siva cuando tratada en los debates sobre
pauta moral y referente a la justicación
pública del uso de poder del Estado, lo
cual sería sintomático dada su naturale-
za normativa multidimensional.
Por su parte, Rivera (2010) ofrece una
diferenciación más puntual con res-
pecto a los orígenes y a la interpreta-
ción actual sobre laicidad asociada al
pluralismo, bajo la consigna que esta
emergió como valor político regido por
la separación del Estado y las iglesias
bajo la exclusión de todo contenido re-
ligioso, es decir, en relación con el po-
der de una iglesia dominante (la católi-
ca), mientras que en materia de religión
fue el liberalismo que se articuló en
respuesta al pluralismo religioso. Por
ejemplo, los Estados laicos protegen
la libertad de conciencia, pero ello no
ha estado necesariamente motivado por
el pluralismo religioso, ya que este se
encuadra más en el liberalismo con-
temporáneo que identica a la laicidad
con los valores liberales de neutralidad
estatal y libertad de conciencia.
Ese planteamiento alerta sobre una atri-
bución a la laicidad que no estaría con-
templada dentro de su constitución, y
frente a ello la reexión que sobresale
es ¿bajo qué categoría(s) examinar las
controversias sobre el fenómeno reli-
gioso en la esfera pública producto de
los efectos del pluralismo? Este des-
pliegue conceptual se amplía aún más
para analistas como De la Torre (2023)
cuando describe las variaciones de la
laicidad: la separatista donde la auto-
nomía es una nalidad en misma; la
anticlerical que limita libertades indivi-
duales para priorizar el espacio públi-
co laico; la autoritaria donde el Estado
interviene en el ámbito religioso; de fe
cívica en la cual el Estado promueve la
religiosidad mayoritaria; y colaborativa
que insta a las religiones a que inuyan
y colaboren en políticas públicas.
Incluso, de acuerdo con Giumbelli
(2013), la laicidad también puede ser
encuadrada como ideología; como po-
sicionamiento que dene el lugar de la
religión en lo público; como congu-
ración para denir las relaciones entre
aparatos estatales y agentes religiosos;
todas estas como limitación en clave
de las modalidades de su presencia y la
lógica de sus acciones. Al nal, se tra-
ta de cómo los agentes activan o legi-
timan la religión en el espacio público
relacionada con los dispositivos estata-
les a pesar o por causa de la laicidad
(Cruz & Toniol, 2018).
De hecho, teniendo en cuenta el auge
de la participación de organizaciones
religiosas en ámbitos institucionales,
desde la década de 1990 se abordó el
concepto de religiones públicas pro-
puesto por Casanova (2011) para des-
cribir la construcción de la religión en
el ámbito público. Esa participación
estaría escalonada: en las ocialmen-
te asociadas al aparato estatal; las que
movilizan sus recursos institucionales
por medio de partidos o movimientos
sociales para concurrir en el juego po-
lítico; y las que simplemente participan
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del debate público, cuyo activismo está
mediado por el lenguaje religioso, cuya
ecacia no estaría tanto en su imposi-
ción sino en su plasticidad (Montero
et al., 2018).
Además de la noción de religiones -
blicas, más que religiones en la esfera
pública, otros análisis sobre la tensión
entre Estado e iglesias giran en torno a
temas como: i) el secularismo, tratado
por Taylor (2011) y Ratzinger y Ha-
bermas (2006); ii) los afectos seculares
(Mahmood, 2009); iii) y los márgenes
del Estado (Asad, 2008). Estos autores
reexionaron sobre la importancia de
los preceptos religiosos en lo público,
pero también sobre el prejuicio en tor-
no a ello y la exigencia sobre la perma-
nente justicación de la actuación re-
ligiosa, recolocando temas tales como:
de qué forma se pasó de una sociedad
creyente a una en la que lo transcen-
dente es apenas una opción de muchas;
la necesidad de traducción del lenguaje
religioso al secular en instancias públi-
cas; y la dimensión preponderante que
se le da al Estado como controlador y
vigilante de algunas religiones para de-
cidir lo que puede o no ser producido
como religión en lo público.
Estos trabajos han contribuido amplia-
mente al análisis sobre laicidad y sobre
el fenómeno religioso actual. Sin em-
bargo, requieren ajustes cuando contras-
tados con los contextos estudiados. Por
ejemplo, el trabajo de Habermas posee
elementos importantes dentro de la dis-
cusión político-religiosa, como la acción
comunicativa y la traducción de lengua-
jes religiosos a laicos en instancias po-
líticas con el n de un mayor entendi-
miento de los argumentos que sopesan
las discusiones. Pero, esto trasladado
al contexto latinoamericano se torna
difícilmente aplicable dado el auge de
líderes evangélicos y la signicativa in-
uencia histórica católica, que se cons-
truyó como religión colaboradora del
Estado. Líderes cristianos son critica-
dos, por segmentos académicos y movi-
mientos sociales, cuando participan en
las comisiones de bioética, en grupos de
trabajo en la ONU, o cuando son postu-
lados a cargos ejecutivos en ministerios
como el de derechos humanos ya que
muchas veces son funciones ejercidas
con enfoque teológico, bajo la óptica de
la moralidad religiosa normativa.
La dicultad de traducción del lengua-
je religioso al laico se debe no sólo a
la trayectoria de contenido religioso en
lo público en la región, sino al actual
auge del activismo neopentecostal que
además de producir sujetos religiosos
forma sujetos políticos, cuyas creen-
cias, tradiciones y moralidades se cons-
tituyen en identidades políticas. Esto
también ha permitido que la laicidad se
entienda como polifonía de voces cada
vez que sus dirigentes la practican de
acuerdo con sus convicciones.
De acuerdo con la anterior aproxima-
ción conceptual, se observan varios
encuadramientos en torno a la laicidad
que pasan por su caracterización, su na-
turaleza y sus alcances, que recogen su
pluralidad interpretativa y la diversidad
de abordajes sobre la relación entre Es-
tado e iglesias. Esto se traduce en que
a pesar de tener un concepto base, que
comenzó a ser articulado desde el siglo
XIX, pasa por varias actualizaciones de
acuerdo con el contexto y los cambios
sociales.
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3. Discusión semántica
De acuerdo con su uso, la laicidad en
ocasiones pasa a ser sinónimo de lai-
cismo o su contraparte. Para Montero
(2013), en general hay un consenso en
torno a la defensa de la laicidad, pero
persiste un profundo desacuerdo res-
pecto al laicismo cuando este se asocia
a una doctrina para erradicar las reli-
giones de la vida pública. Bajo ese su-
puesto, se genera un debate que articula
tres niveles de problemas: el primero,
a nivel de estructuras e instituciones
políticas referente a las especicidades
de los regímenes estatales y sus formas
particulares de regular manifestaciones
religiosas; el segundo, a nivel social
referente a la caracterización de la so-
ciedad en términos de su formación na-
cional y el modo cómo percibe la neu-
tralidad axiológica del Estado frente a
las religiones; y el tercero se reere a la
homogeneidad/heterogeneidad étnica y
religiosa de la nación lo que refuerza el
problema de relación entre las esferas
religiosa y política.
Frente a esta asociación entre el laicis-
mo como doctrina combativa y la lai-
cidad, Bovero (2015) y Valadés (2015)
recuerdan que no hay tal distinción en-
tre los dos términos teniendo en cuenta
que sobre el primero se emprendió una
campaña de desprestigio por parte del
clero católico para su deslegitimación
por considerarlo como una postura in-
tolerante frente a la religión. Para Va-
ladés (2015), el laicismo alude a una
doctrina general de independencia y
la laicidad a un principio especíco
de separación, así que los términos:
laico, laicidad y laicismo en esencia
signicarían lo mismo para todos los
hablantes de español, pero el tema se
torna problemático cuando se intenta
establecer una diferencia convencional
acerca de dos vocablos que tienen una
aceptación y un uso distinto en la so-
ciedad. Bajo este abordaje podría decir-
se que la Iglesia católica consiguió su
cometido, porque la carga negativa que
se le conrió al laicismo ha servido de
argumento para el proselitismo político
de algunos líderes religiosos.
4. Encuadramientos teóricos
Una forma recurrente de analizar “lo
laico” y “lo religioso” se inscribe en
un antiguo debate que asocia las trans-
formaciones sociales con formas laicas
de escatología cristiana o como religio-
nes seculares, en términos de Kelsen
(Di Lucia & Passerini, 2015). A pesar
que aún es frecuente el debate sobre
las formas de religiosidad “camuada”
en movimientos laicos, o los continuos
intentos de rastrear las implicaciones
teológicas de la modernidad e interpre-
tarlas como una teología disfrazada, o
incluso la armación de Schmitt (2006)
de que todos los conceptos más im-
pregnados de la doctrina moderna del
Estado son conceptos teológicos secu-
larizados, la literatura reciente intenta
sobrepasar esa asociación implícita,
pero a su vez recae en otro determinis-
mo cuando analiza las actuales movi-
lizaciones religiosas en público como
formas de enmascaramiento o las sitúa
como intereses ocultos por parte de -
deres religiosos en la esfera pública.
Ese registro pierde fuerza argumentati-
va cuando se parte de que la religión
es constitutiva de lo público, y que “las
sociedades seculares no son la huma-
nidad menos la religión, sino una con-
dición singularmente moderna del ser
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social alcanzada históricamente” (Du-
llo, 2012, p. 382, traducción propia).
Sin embargo, una vez más, el cuestio-
namiento que queda es hasta qué pun-
to determinadas prácticas o contenido
religioso en ámbitos institucionales que
rebasan los principios de la laicidad
afectan de manera signicativa dere-
chos conquistados democráticamente.
Otros registros teóricos han ampliado
las perspectivas sobre la laicidad como
categoría relacional en su diálogo con
la democracia, con el pluralismo re-
ligioso y con el Estado. Entre otras,
se destacan dos formas de apelar a la
laicidad cada una de ellas con varios
matices. De un lado, una perspectiva
estado céntrica que tiene como función
la regulación y el control del activismo
religioso cuando sobrepasa los “lími-
tes” conferidos a su campo. Por otro,
un abordaje más antropocéntrico que
da énfasis en las formas de producción
y ejecución de la laicidad por parte de
variados agentes, generando varias ten-
siones, pero son esos mismos agentes
quienes determinan hasta dónde y qué
tipo de vínculos se legitiman entre los
campos sociales.
La compilación “El Estado laico mexi-
cano a 30 años de la reforma constitu-
cional” es un ejemplo sobre la forma
cómo diversos investigadores entien-
den y reclaman la laicidad a partir de
varios campos de estudio. La visión
predominante y entendible por la tra-
yectoria histórica mexicana de Estado
laico es la consigna que sin laicidad
no hay democracia, y la de que la pre-
servación de las libertades estatales
depende de no tener compromiso reli-
gioso alguno (Galeana; 2023), dada la
motivación adoctrinadora de la Iglesia
católica por medio de su manejo ses-
gado de la libertad religiosa y la instru-
mentalización de campos como la bioé-
tica para defender posturas religiosas
(Ortiz; 2023).
En esas premisas se cuestiona el co-
laboracionismo entre iglesias y clase
política por considerarlo una amenaza
a la laicidad. Sin embargo, en la mis-
ma compilación se encuentran diver-
sos abordajes que también pasan por
el reconocimiento de la religión como
principio constitutivo del ser humano,
y el cuestionamiento del Estado como
ente regulador de las iglesias, o de es-
tas como instituciones monolíticas (Sa-
lazar, 2023). Esta perspectiva amplía
la discusión sobre qué tipo de laicidad
se invoca frente a determinados cues-
tionamientos, así como los niveles de
problemas y tensiones a la luz de una
lectura más dialéctica entre moderni-
dad y religión, diferente a la de antino-
mia radical entre mundo laico y mundo
religioso.
Muchos de estos análisis están atravesa-
dos por la forma cómo se etiqueta la reli-
gión en lo público. Para Ocampo (2011),
los signos religiosos son totalmente legí-
timos puesto que son parte integral de la
libertad del individuo y esenciales para
participar del debate público democráti-
co, siempre y cuando sus representantes
no busquen dominar tal debate.
En esa línea argumentativa, otros abor-
dajes intentan sobrepasar la discusión
dicotómica que usualmente se plantea
entre laicidad y religión pública. En ese
sentido, si bien es cierto que la laicidad
concierne a diversas áreas del cono-
cimiento y es uno de los pilares de la
cultura política y jurídica del mundo oc-
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cidental, la religión, por su parte, ha es-
tado presente de forma central desde la
conformación de los Estados modernos.
Sin embargo, la temporalidad no cuen-
ta cuando se producen fuertes disputas
frente a la descaracterización del Estado
laico y de la laicidad, que se vincula aún
con la pretérita discusión política sobre
el lugar de la religión. Normalmente,
y según el contexto, parece que sólo
una de ellas, religión o laicidad, estaría
dotada de legitimidad dentro de unas
fronteras denidas. No obstante, visto
desde la óptica de sus orígenes y desde
sus procesos constituyentes socialmen-
te legitimados, esas dos orientaciones
pasarían a tener compatibilidad.
La simple anulación de la religión del
seno de la normatividad estatal no sería
suciente para expresar la laicidad del
Estado y, por su parte, las referencias
religiosas en el ámbito jurídico sólo
comprometen el principio de laicidad
si incurren en la diferenciación de tra-
tamiento a grupos sociales con respecto
a sus derechos, que ya han sido asegu-
rados de forma generalizada (Dalla-
ri, 2022). En otras palabras, el Estado
deja de ser laico en la medida en que
la orientación religiosa de una persona
es adoptada como criterio para la de-
terminación de un estatus diferenciado
en el plano jurídico. Si esa correlación
no se hace efectiva no habría violación
del carácter laico del Estado, pese a las
referencias a contenidos religiosos que
puedan incluirse en el ordenamiento
jurídico y, en consecuencia, la laicidad
partiría de esa garantía jurídica de no
discriminación por criterio religioso
(Dallari, 2022).
Los Estados pueden considerarse laicos
no por la ausencia de referencias reli-
giosas en sus constituciones, sino por-
que promueven la garantía de no discri-
minación, tanto en la libertad de culto
como en la ciudadanía, independiente
de la orientación religiosa. Dallari toma
como ejemplo a Brasil como un caso
donde coexiste la preservación de valo-
res religiosos que, según su análisis, no
compromete al Estado laico y a la lai-
cidad, la cual se identica con la vincu-
lación a los sistemas internacionales de
protección de los derechos humanos.
Cabe aclarar que estas armaciones ha-
cen referencia a la constitución de los
principios laicos en términos jurídicos
y no a las tensiones políticas actuales.
Para Dallari, hay un conjunto de deter-
minaciones jurídicas que aseguran la
convivencia del principio de laicidad
con la consideración de elementos re-
ligiosos inherentes a la formación his-
tórica y cultural de cada sociedad, pero
cada una de ellas debe decidir las reglas
de su sistema jurídico más adecuadas
para expresar sus valores y opciones.
En esa misma perspectiva, partiendo de
la idea de que los elementos religiosos
hacen parte de la formación histórica
y cultural de cada sociedad estos no
se tornarían obsoletos con el adveni-
miento de nuevas identidades, o con
el creciente papel de la racionalidad en
el comportamiento humano. Esta últi-
ma armación planteada por Moue
(2006) introduce su planteamiento al
pluralismo agonístico como una pro-
puesta que da un mayor reconocimien-
to al papel de la religión en la forma-
ción de identidades personales y a sus
repercusiones en la política.
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La visión de Moue sobre el pluralis-
mo se distancia de la concepción de
John Rawls (1993) o del mismo Haber-
mas (1995) que, según la autora, esta-
rían más interesados en la resolución
de conictos. Moue se aleja del modo
normativo que encuadra el pluralismo
como el hecho objetivo de la diversidad
o como una forma de ontologizar la re-
ligión, que al tiempo que visibiliza las
religiones busca retirarlas del espacio
público mediante la regulación de iden-
tidades y la producción de fronteras.
En su visión, la separación entre Esta-
do e Iglesia no es el centro del debate
actual sino la separación entre religión
y poder estatal, y reitera que es el Es-
tado, y no las organizaciones religio-
sas, el que debe tener el control sobre
el poder coercitivo. Para esta autora,
uno de los problemas en el diagnósti-
co es presentar las separaciones entre
Estado-Iglesia, entre público-privado
y entre política-religión como equiva-
lentes y, en consecuencia, la primera
excluiría todas las formas religiosas
de la esfera pública, al identicar po-
lítica con Estado y este último con lo
público. Para Moue, en la medida que
grupos religiosos actúen en los límites
constitucionales no hay razón para que
no intervengan en la arena pública para
pronunciarse a favor o en contra de
ciertas causas.
Moue (2006) plantea un modelo ago-
nístico de democracia como el más
adecuado para legitimar la religión en
el dominio político, sin embargo, ad-
vierte que no se trata de llegar al punto
de reconocimiento legal de demandas
que pondrían en cuestión la propia base
del orden constitucional, y que podrían
abolir incluso la separación entre Igle-
sia y Estado, ya que los principios cons-
titucionales deben ser respetados, y en
la medida que religiosos acepten las re-
glas, no serían forzados a estar fuera de
la arena pública. Ahora bien, los lími-
tes constitucionales varían de acuerdo
con la manera como las sociedades in-
terpretan los principios ético-políticos
constitutivos de cada democracia.
En ese sentido, la democracia moder-
na consiste en reconocer la existencia
de lógicas contradictorias, así como
la necesidad de articulación que a su
vez necesita ser recreada y negociada
sin armonía o punto nal de equilibrio,
porque es en aquel espacio intersticial
que la democracia pluralista podría
existir (Moue, 2005). Esta idea de ver
los conictos como inherentes a la acti-
vidad democrática también es expuesta
por Gurza & Szwako (2024) cuando
analizan los movimientos sociales, e
incluso ven los enfrentamientos como
relacionales, no apenas porque suponen
al otro, sino por las tensiones produci-
das en el cruzamiento de lógicas que
la redenición de las relaciones pro-
duce. En consonancia, Laclau (2014)
parte del principio que no hay una so-
lución perfecta para enfrentarlos, sino
sólo aceptar que no pueden suprimirse
a pesar del gran desafío que signican
variadas voluntades colectivas en espa-
cios políticos de representación univer-
sal, donde se pretende compatibilizar
universalidad con pluralidad en espa-
cios dominados por el particularismo y
la diferencia, pero de todos modos esa
inconmensurabilidad no sería la antípo-
da sino la condición de la democracia.
Acercando este abordaje a contextos
como el mexicano, Rivera (2024) dis-
cute otra perspectiva, no sólo desde
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los principios fundantes sino desde el
diagnóstico actual con respecto a la
compatibilidad entre la religión y la
laicidad. Diversas demandas como la
libertad y la objeción de conciencia, así
como la neutralidad del Estado vienen
siendo vinculadas al papel de la laici-
dad. Tales requerimientos obedecen a
los obstáculos o dicultades institucio-
nales que grupos sociales encuentran,
por ejemplo, en su ejercicio de libertad
de conciencia, pero que son compati-
bles con el derecho emanado de dicha
libertad. La protección de esa libertad
no remueve tales obstáculos, que ine-
vitablemente se derivan de las disposi-
ciones ociales, y el hecho de eliminar
cada obstáculo rebasaría todo esfuerzo
normativo. Estrictamente, esas deman-
das no necesariamente corresponderían
o se ajustarían a las motivaciones ori-
ginarias de la laicidad en el siglo XIX.
Responderían más al contexto actual de
pluralismo, de diversidad, de activismo
religioso y de reconocimiento.
De todas formas, la literatura más re-
ciente ha buscado demostrar la emer-
gencia de la categoría laicidad espe-
cialmente en la actual coyuntura de
ferviente activismo cristiano frente a
las demandas por parte de movimien-
tos sociales en su búsqueda por reco-
nocimiento, como Fraser (2006) lla-
ma a esos esfuerzos de ampliación de
derechos que se suman a las antiguas
exigencias por distribución. Si por una
parte las controversias giran en torno
a su naturaleza entre agentes y pautas
movilizadas en el espacio público, por
otra, la discusión se centra en la ins-
tancia que estaría llamada a mediar en
esos conictos.
Pero esas controversias derivadas de
un antagonismo construido no son las
únicas. Si bien Asad (2008) plantea que
lo laico se construyó como sombra de
la religión, Farman (2020) arma que
ese abordaje pierde potencia porque lo
laico tiene sus propias dinámicas inter-
nas desprovistas de religión para sus
planteamientos, pero reconoce que es
una esfera como otras presente en ese
mismo espacio llamado laico, que vis-
to más que en oposición a lo religioso,
posee sus propias nociones, reglas, ten-
siones e inestabilidades que procuran
quebrar el binario religioso-secular.
Esto quiere decir que la relación anta-
gónica se oscurece toda vez que en lo
pragmático la laicidad ampara prác-
ticas, discursos y desarrollos en otros
campos como el tecnocientíco. Ese
campo ejecuta sus prácticas mayorita-
riamente sin tener a la religión como
sombra o como horizonte de sus postu-
lados, lo cual genera otro tipo de pau-
tas, agentes e intereses que desafían la
forma como continúan siendo percibi-
dos los principios laicos.
No obstante, la cuestión de la laicidad
o los encuadramientos teóricos presen-
tados registran mayoritariamente una
connotación de antítesis entre esta y la
religión cuando de sus alcances y di-
mensión se trata. Más allá de su carac-
terización, formas o variedad prevalece
una relación antagónica al momento de
analizar su ejecución frente a las actua-
les controversias, a pesar de la puntua-
lización de algunos autores sobre sus
propósitos constituyentes con respecto
a que laicidad no es sinónimo de anula-
ción de la religión del espacio público.
Pero se entiende que la movilización
de diversas pautas morales promovidas
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YACHANA Revista Cientíca, vol. 15, núm. 2 (julio-diciembre de 2026), pp. 137-157
por agentes conservadores, religiosos
o no, se traducen en amenaza cuando
disputan la ampliación de derechos de
toda índole.
Los encuadramientos presentados alre-
dedor de la laicidad dan cuenta de su
polifonía toda vez que, de una parte, así
como la política, la religión es interpre-
tada como constitutiva de lo público,
y de otra, su restricción pública vista
como característica de la plena ejecu-
ción de la laicidad la torna un rasgo
democrático, e incluso su legitimidad
pública queda a expensas de variadas
delimitaciones. Así que, a partir de
diversas interpretaciones emergieron
categorías, taxonomías y contrapuntos
frente al viejo debate sobre el lugar de
la religión que ha caracterizado la dis-
cusión sobre la separación y autonomía
de poderes.
De este modo, más allá del debate so-
bre el lugar de la religión, al entenderla
como constituyente y constitutiva de
lo público, y del encuadramiento an-
tinómico entre esta y la laicidad en lo
abstracto, resta observar la laicidad en
lo concreto, en lo funcional, en lo mate-
rial o en lo experiencial para dar cuenta
la forma cómo agentes autodenomina-
dos religiosos entienden y producen
anidades con sus audiencias a partir
de vínculos políticos en arenas insti-
tucionales, o cómo agentes políticos
reproducen contenido religioso desde
sus instituciones para movilizar sus
intereses, sus moralidades o sus pautas
coyunturales en una relación sincrónica
expresada mediante acuerdos progra-
máticos, anidades ideológicas o sim-
plemente a través de una proximidad
de discursos y formas de gestionar lo
público.
La laicidad en cuestión
El apartado anterior recuperó algunos regis-
tros en la literatura que dan cuenta sobre la
forma cómo se encuadra la laicidad y la tra-
dicional dicotomía que se le atañe. Esta par-
te del texto, titulada La laicidad en cuestión,
presenta un breve acercamiento a controver-
sias en lo concreto para los casos brasileño,
colombiano y mexicano sobre la recurrencia
de contenido religioso en lo público-institu-
cional que dejan a la laicidad bajo polémicas
no sólo por la discusión sobre su naturaleza
como se vio en la cuestión de laicidad, sino
por su suciencia mediadora y su vigencia
frente a la diversidad de pautas y moviliza-
ciones que se producen en lo público y que
afectan diversos grupos sociales.
Las controversias suscitadas llaman la
atención principalmente cuando líderes
religiosos disputan pautas en arenas insti-
tucionales y cuando hay proximidad entre
estos y la política tradicional. En medio de
este contexto, la laicidad no sólo es invo-
cada como respuesta al pluralismo religio-
so y a la libertad de conciencia y de culto,
sino como garante para tal democratiza-
ción e incluso ampliación de derechos.
Estos desafíos que le son conferidos a la
laicidad son contestados desde varias ins-
tancias, ya sea porque es la normatividad
que aglutina la autonomía de poderes en
ausencia de otras más ajustadas, por ses-
gos interpretativos o ideológicos, o porque
simplemente es la construcción sobre laici-
dad que los agentes van recreando.
1. Brasil, Colombia y México
A nivel regional, en países como Brasil,
Colombia y México, la laicidad die-
re en modo, en agentes, en intereses y
en su repercusión en instancias guber-
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namentales, que van desde iniciativas
de proyectos de ley con exposición de
motivos controvertidos hasta amplias
bancadas en el Congreso, que movi-
lizan sus bases sociales para apoyar
campañas electorales como acontece
en el caso brasileño. Las polémicas al-
rededor de su implementación también
se diferencian ya sea por cuenta de sus
niveles de secularización, por su cul-
tura y estética política, por la presión
de movimientos sociales o por casos
individuales que se tornaron referente
en el ámbito jurídico. Esto quiere de-
cir que además de hablar de laicidades
en plural, también hay variaciones que
van de lo nacional a lo local dentro de
un mismo país.
Los tres países mencionados hacen
parte de una muestra de las gradacio-
nes en la región, que van de la laicidad
evangélica en Brasil, pasando por la
laicidad inclusiva en Colombia, hasta
la exclusiva en México (Castellanos,
2025). En el primer caso el fenómeno
religioso se ha destacado en la región
por la producción de religiosidades y
por la férrea disputa de diversas pau-
tas tanto en el Legislativo como en el
Ejecutivo por parte de líderes neopen-
tecostales. El segundo caso es inter-
medio ya que la participación cristiana
tiene asiento en lo gubernamental pero
no alcanza los niveles brasileños. Y el
caso mexicano representa una acepción
por la manutención en cuanto a la sepa-
ración entre poderes, en comparación
con los dos otros casos, al menos en lo
nacional, ya que en lo local se eviden-
cian otras dinámicas de aproximación
político-religiosa.
1.1 Brasil
En Brasil, la religión cristiana se ha
constituido como pública y duran-
te las últimas décadas el segmento
evangélico ha ganado mayor visi-
bilidad y repercusión en las esferas
institucionales. En el anterior perío-
do gubernamental a cargo de Bol-
sonaro, la laicidad fue sobrepuesta
aún más por principios cristianos.
Una muestra de esto fue la activa
participación del expresidente en la
Marcha para Jesús considerado el
evento evangélico más importante
de ese país. Su presencia vistiendo
la camiseta con el logo de la Mar-
cha, así como sus permanentes alo-
cuciones que hicieron referencia a
consignas bíblicas generaron varios
debates. De hecho, el eslogan de su
gobierno fue Brasil acima de tudo,
Deus acima de todos”.
No obstante, tales controversias en
torno al amplio apoyo presidencial
a líderes de las mayores iglesias
evangélicas, de cuño neopentecos-
tal, así como a los proyectos de ley
que signicaron una afronta a las
conquistas en derechos sexuales y
reproductivos, o bien a la designa-
ción de una pastora al frente del Mi-
nisterio de Derechos Humanos, no
tuvieron mayores repercusiones en
el ámbito jurídico en cuanto a dis-
posiciones que activaran algún tipo
de límite.
El contenido religioso en esferas
institucionales se tornó la constante
durante ese período presidencial y
de alguna manera generó, a pesar de
la resistencia, cierta normalización.
Cuando segmentos sociales perci-
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bieron el desbordamiento de ese
contenido, dada su inuencia en el
campo de los derechos, se manifes-
taron en contra, es decir, no por las
aproximaciones político-religiosas
en sí mismas, ya que éstas han con-
gurado lo público en ese país, sino
por la amenaza que proyectos de ley
representaron frente a conquistas en
materia de derechos. A pesar de que
jurídicamente no tuviera mayor re-
percusión, tanto el contenido como
las estrechas relaciones políticas
con líderes religiosos, la laicidad en
ese período gubernamental adquirió
una connotación más evangélica
(Oro, 2022; Almeida, 2020).
1.2 Colombia
En el caso colombiano también es
indiscutible la participación e in-
uencia evangélica en ámbitos ins-
titucionales, pero al contrario de
Brasil no posee ni en número ni en
poder la representación en el Con-
greso o la autorización de conteni-
dos con lenguaje totalmente religio-
so en la esfera pública. Una muestra
de ello se evidenció durante las ne-
gociaciones de paz entre el gobier-
no y la guerrilla de las FARC, cuyos
acuerdos al nal de las conversacio-
nes incluyeron el enfoque de géne-
ro, lo cual encendió las alarmas de
líderes evangélicos y católicos. Es-
tos se posicionaron en contra, y me-
diante asociaciones interreligiosas
exigieron al gobierno de la época
retirar dicho enfoque al considerar-
lo amenaza para las familias. Esta
presión tuvo efecto en la decisión
del No en el plebiscito por la paz de
2016. Sin embargo, por la dimen-
sión y el impacto de los acuerdos,
el gobierno sometió su aceptación y
rma vía Congreso.
Otro hecho, de contenido religioso,
lo representó el grande crucijo que
permaneció durante mucho tiempo
en la Sala Plena de la Corte Consti-
tucional colombiana y que acompa-
ñó todas las sesiones en ese recinto.
Si bien hubo una demanda por parte
de un ciudadano para que se retirara
ese símbolo frente a lo cual la Sala se
opuso, al nal fue la remodelación
al Palacio de Justicia lo que obligó
a remover el crucijo, que después
de un intenso debate entre los ma-
gistrados sobre si debían regresarlo
o no a la Sala decidieron donarlo. A
esto se sumaron otras controversias
originadas por discursos públicos
cuando algunos alcaldes entregaron
su ciudad a Jesucristo. Estos últimos
acontecimientos estuvieron caracte-
rizados por la intervención de ciuda-
danos que mediante acciones de tu-
tela exigieron el respeto a la laicidad
y al Estado laico, lo que creó cierta
contención frente a esos niveles de
activismo religioso.
1.3 México
El caso mexicano a diferencia de
los dos anteriores, al menos en el
ámbito nacional, mantiene marcos
normativos un poco más rigurosos
en cuanto a contenido religioso en
la esfera política, y cuando se pre-
sentan son capitalizados en nom-
bre de la defensa a la laicidad y al
Estado laico. Esto se ilustró en la
controversia que suscitó en 2024 la
alocución del entonces presidente
López Obrador que según las de-
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claraciones de la senadora Lilly Té-
llez se rerió y defendió a la Santa
Muerte. En respuesta, esta senadora
desde instancias legislativas con ro-
sario en mano y frente a una valla
que contenía una calavera junto a
los apellidos del expresidente pidió
respeto al Estado laico y a todos
los cristianos. Otros acontecimien-
tos como el proselitismo católico
en entornos electorales originaron
cierto tipo de polémicas. Sin em-
bargo, esto no tuvo mayor repercu-
sión en el ámbito jurídico, pero
por grupos sociales que identican
la importancia en la autonomía de
poderes. Estos debates activaron la
noción de laicidad y el respeto a la
misma en este país.
En este caso mexicano, tomando la
consideración normativa descrita en
el apartado anterior por Dallari y
Moue con respecto a la participa-
ción legítima de la religión en el do-
minio político, de acuerdo con los
límites o principios construidos en
cada sociedad, la reexión que sur-
ge es ¿hasta qué punto sigue siendo
democrática y plural la contención
de la religión a lo privado, o la limi-
tación de su participación en lo na-
cional, bajo el precepto de respeto
a los límites que fueron propuestos
hace cien años, en una sociedad con
grados mínimos de secularización y
que ve la religión como nociva en
lo político?
Si partimos de referencias como la
brasileña donde recientemente -
deres religiosos, especícamente
evangélicos conservadores, incidie-
ron notoriamente en asuntos de in-
terés general y mediante sus pautas
han fortalecido el espectro partidis-
ta de la extrema derecha, esta sería
una razón para la vigilancia cons-
tante de tal actuación en lo político,
pero ¿esto no haría parte de los an-
tagonismos que Moue llama como
propios de la democracia y que evi-
tarlos no sería coherente con un or-
den democrático pluralista? En todo
caso, lo importante a destacar son
los convenios y estándares compar-
tidos que cada sociedad construyó,
y la forma cómo va actualizando
tales convenios de acuerdo con las
transformaciones sociales.
2. De lo conceptual a lo político
La breve recuperación de algunas con-
troversias en lo concreto muestra como
denominador común la movilización
de contenido religioso de variada na-
turaleza en ámbitos institucionales,
a pesar de su diferencia en número,
poder y repercusión. Las acciones de
agentes, religiosos o no, acontecen por
razones como usos y costumbres, por
anidad con sus audiencias, por inte-
reses partidarios o simplemente como
resultado de la coyuntura política o de
determinado contexto, aunque no nece-
sariamente bajo un consenso previo o
cuidado institucional sobre lo que im-
plica la laicidad en la práctica, porque
algunas veces durante su actividad po-
lítica van construyendo o redeniendo
lo que comprenden sobre el principio
de autonomía de poderes. Este tipo de
accionar en lo concreto, que emerge
de lo político, genera interpretaciones
sobre su dimensión, presiona la actua-
lización de su concepto conllevando a
posteriores encuadramientos teóricos,
y cuestiona la suciencia de sus térmi-
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nos para mediar en tales controversias,
dejándola en cuestión.
Si bien, los encuadramientos teóricos
o la cuestión de la laicidad presenta-
ron las discusiones en torno a su natu-
raleza, sus principios al nal traen de
vuelta la discusión sobre el lugar de
la religión en lo público. En contraste
con las controversias que los agentes
producen en lo concreto, estas se dis-
tancian de estándares compartidos para
responder a la actividad política que la
coyuntura va construyendo y los agen-
tes van redeniendo sobre los alcances
de la laicidad, dejándola en cuestión
por la discusión sobre la suciencia de
sus principios como mediadora de con-
tenido religioso en lo público y sobre la
autonomía de poderes.
La aproximación a las variaciones de
laicidad en los tres ejemplos mencio-
nados (Brasil, Colombia y México)
denotan que más allá de lo abstracto y
de lo normativo se gestan permanentes
desplazamientos de la laicidad entre el
centro y el margen de acuerdo con las
formas de entender tanto lo religioso
como lo político por parte de determi-
nados agentes con autoridad discursiva
y de acción en lo público. Esto presiona
la ejecución de la laicidad, pero a su vez
crea diversas formas de participación y
representación política de acuerdo con
imaginarios sociales, que encuentran
desde instancias gubernamentales for-
mas de aanzar discursos y acciones
con sus audiencias.
Para comprender las relaciones entre or-
ganizaciones religiosas, sociedad y po-
der político, Velasco (2006) sugiere el
aislamiento de modelos del pasado, sea
la laicidad francesa como depositaria
estatal normativa, o la laicidad nortea-
mericana que deende la religión civil
en lo público. Esto puede ponderarse en
lo concreto sin la sobrevaloración cris-
tiana que legitime prácticas totalitarias
públicas dejando a lo transcendente una
importante repercusión argumentativa
en las decisiones de índole nacional, y
sin la subvaloración de la autonomía y
las libertades individuales, ya que nin-
guna de ellas sería una respuesta laica a
los problemas actuales.
En otras palabras, las relaciones entre
iglesias, sociedad y política podrían re-
pensarse desde una lógica diferente a
las de la confusión, la disyunción o la
conjunción y más desde una posición
dialógica, que diera del concepto re-
currente de laicismo y de la ortodoxia
salvadora religiosa. En otras palabras,
“ni el Estado puede mantener la preten-
sión emancipadora de convertir al indi-
viduo en el laico de la ciudadanía rous-
seauniana, ni la Iglesia puede mantener
su pretensión de una sociedad perfecta
que tiene exclusivamente la potestad de
la humanidad” (Velasco, 2006, p. 29).
Este investigador propone una laicidad
de confrontación constitutiva que, al
contrario de la laicidad de abstención o
de considerarla una herencia, propenda
por la deliberación pública sin sustrac-
ción de ningún argumento indepen-
diente de su fuente sin imposiciones
autoritarias en las libertades públicas.
Al nal, los debates sobre laicidad, que
sobresalen en espacios académicos y
en arenas extra e institucionales, están
atascados precisamente por la comple-
jidad y los desafíos que enfrentan y, a
su vez, por el encuadramiento de las
controversias como cercanas o lejanas
al concepto base jurídico que se entien-
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de como de oposición entre lo religioso
y lo laico. O, en ocasiones, también los
reejos de viejas posiciones antagóni-
cas reactivadas por una mayor visibi-
lidad de la religión en las sociedades
contemporáneas adoptan un giro ideo-
lógico que parecería superar lo conteni-
do en esa herramienta jurídico-política
de tradición liberal, tornándose discur-
sivamente obsoleta.
Sin embargo, ¿la tesis de superación
de una laicidad emanada de principios
liberales y republicanos contribuiría a
sobrepasar las complejidades inheren-
tes a sus tensiones? El debate a veces
apasionado y confuso olvida que las
diversas laicidades obedecen a sus pro-
pios contextos y son el resultado de un
largo proceso histórico de moderniza-
ción política y social, sin embargo, su
reconocimiento tampoco excluye la
problematización del asunto.
La laicidad como concepto se extiende,
se contrae, se mueve entre el centro y el
margen de acuerdo con las transforma-
ciones sociales y con las formas de pro-
ducir religión, política y aanzamiento
de audiencias por parte de agentes -
blicos. Mientras que en teoría y sobre
sus principios se discuten diversos en-
cuadramientos o interpretaciones, en la
práctica se cuestionan los efectos que
prácticas, discursos y símbolos tienen
sobre los derechos de diversos segmen-
tos. Dependiendo los consensos cons-
truidos por cada sociedad, las contro-
versias tendrán impacto en las formas
que adopta la laicidad y en la recurrente
discusión sobre el lugar de la religión,
como en el caso mexicano, o recaerá en
otros asuntos toda vez que las aparentes
fronteras están más diluidas como en el
caso brasileño o bajo mayor vigilancia
social como en el caso colombiano.
Al nal, el accionar de diferentes agen-
tes en lo concreto presiona la actualiza-
ción de los alcances de la categoría es-
tudiada, que permanentemente se ve en
cuestión tanto por su naturaleza como
por su suciencia como mediadora, que
transita entre lo normativo y lo político.
Conclusiones
Los anteriores apartados presentaron tanto
los encuadramientos y debates más recu-
rrentes en torno a la laicidad, así como las
controversias en lo concreto sobre conteni-
do religioso en la esfera pública, median-
te la breve aproximación a los casos bra-
sileño, colombiano y mexicano. Tanto la
cuestión de la laicidad como la laicidad en
cuestión evidencian que, tanto conceptual
como políticamente, esta categoría enfren-
ta permanentes tensiones ya sea por la na-
turaleza de sus principios, por la discusión
sobre su suciencia como mediadora en el
actual fenómeno religioso o por la cons-
trucción y actualización que los agentes
van presionando sobre esta.
Los registros consignados en la literatura so-
bre laicidad contienen de fondo la vieja dis-
cusión sobre el lugar de la religión, toda vez
que surgen interpretaciones sobre sus princi-
pios en contraparte a las disputas públicas al-
rededor de la autonomía de poderes. Algunos
abordajes muestran, de un lado, la visión es-
tadocéntrica que conere a las instituciones
los límites del activismo religioso y, por otro,
la mirada antropocéntrica que reconoce a la
religión como constituyente de lo público, y
en ese sentido la legitimidad de su participa-
ción en lo político. También, la laicidad se
ve como multidimensional o como un con-
cepto que obedece a un contexto especico
y no como respuesta al pluralismo religioso.
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Castellanos, N.
YACHANA Revista Cientíca, vol. 15, núm. 2 (julio-diciembre de 2026), pp. 137-157
Por su parte, los breves casos señalados en
los tres países representan controversias
de naturaleza diversa como las relaciones
entre gobernantes y líderes religiosos en
instancias públicas, símbolos cristianos en
espacios jurídicos, discursos con conteni-
do religioso o proselitismo partidario por
parte de líderes religiosos. Todos estos han
tenido interpretaciones diversas que pasan
por la justicación de sus causas, por el re-
gistro teórico para encuadrar tales contro-
versias o la demanda por parte de algunos
segmentos sobre el respeto a la laicidad.
Los debates conceptuales permiten la lo-
calización de la laicidad en un contexto
especíco para comprender las razones,
los principios y los intereses que la pro-
movieron. Sin embargo, las controversias
en lo concreto son las que en realidad van
presionando la actualización de la laicidad
y dejan ver que las aparentes fronteras in-
terpretadas a partir de sus principios no
sólo son porosas, sino que no existieron de
forma denitiva.
Esto reeja cómo bajo el amparo de la
categoría laicidad y de sus principios de
separación y autonomía se exige respuesta
a casos derivados del pluralismo religioso
y de pautas coyunturales que tienen
connotación más política. Frente a esto, se
retoma la reexión inicial sobre la ecacia
de la laicidad como mediadora del fenóme-
no religioso actual cuando se trata de la am-
pliación de derechos, o el uso de otras cate-
gorías auxiliares que ofrezcan perspectivas
más amplias. Pero, al mismo tiempo, más
que un encuadramiento en determinada ca-
tegoría se torna interesante analizar las per-
manentes conguraciones que agentes van
construyendo independiente de la proximi-
dad o alejamiento del concepto base de lai-
cidad, mediante sus prácticas, discursos y
creación de anidades con sus audiencias.
En muchas ocasiones, si bien las dicul-
tades institucionales y sociales que se les
presentan a los grupos sociales para la
plena materialización de sus convicciones
son inherentes a la pluralidad, también se
relacionan con convicciones de concien-
cia, con descontextualización de los mar-
cos legales y civiles, con fracturas sociales
ocasionadas por la resistencia al reconoci-
miento de identidades diversas, con la de-
mocratización de derechos humanos, con
los sesgos del propio Estado laico que ne-
cesiten reformularse, o simplemente obe-
decen a las formas de entender, producir
y ejecutar la(s) laicidad(es) desde los es-
pacios de autorización en los que diversos
agentes participan en la esfera pública.
Frente a las controversias políticas que
reclaman en la laicidad la respuesta para
dirimir tales tensiones se mantiene la re-
exión de si esta ofrece tal mediación. Es
probable que, ante diversas interpretacio-
nes en cuanto a su contenido, el concepto
de laicidad atraviese cierto desgaste y los
preceptos que la componen requieran ac-
tualizarse, o de acuerdo con la naturaleza
de la controversia es probable que algunas
de ellas deban situarse en el campo políti-
co, cuyos alcances sugieran otras catego-
rías que den respuesta a parte de esa diver-
sidad de controversias. Para ello también
es preciso que las estructuras estatales se
refuercen democráticamente, para garanti-
zar tanto estándares compartidos como las
nuevas conquistas en materia de derechos,
y en esa medida proporcionar ecacia jurí-
dica ante conictos que algunas veces obe-
decen a disputas apenas partidistas.
Se refuerza la idea de que además del di-
seño de las estructuras estatales, que dejan
temas centrales como los derechos apenas
a pautas partidistas, la aparente relación
tan sólo de oposición entre lo religioso y
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La Laicidad: entre debates conceptuaLes y controversias poLíticasLa Laicidad: entre debates conceptuaLes y controversias poLíticas
Castellanos, N.
lo laico sigue atascando el debate sobre
las controversias mencionadas en este tra-
bajo. Una mirada más interdisciplinar y la
ampliación en el diagnóstico sobre el ac-
tivismo religioso y los marcos legales, así
como su abordaje más dialógico son nece-
sarios para avanzar en diversos desafíos
que se presentan para la laicidad, que tran-
sita entre lo normativo y lo político, entre
su naturaleza y las tensiones coyunturales.
Agradecimientos
Adscrita al Instituto de Investigaciones
Jurídicas, IIJ, de la Universidad Nacional
Autónoma de México, UNAM. Este tra-
bajo es producto de la estancia posdocto-
ral realizada gracias al Programa de Becas
Posdoctorales en la UNAM (POSDOC),
bajo la asesoría de la Dra. María Marván
Laborde y el acompañamiento de la Dra.
Pauline Capdevielle. nayive.castella-
nos@alumni.usp.br ORCID https://orcid.
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