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La Laicidad: entre debates conceptuaLes y controversias poLíticasLa Laicidad: entre debates conceptuaLes y controversias poLíticas
Castellanos, N.
YACHANA Revista Cientíca, vol. 15, núm. 2 (julio-diciembre de 2026), pp. 137-157
La visión de Moue sobre el pluralis-
mo se distancia de la concepción de
John Rawls (1993) o del mismo Haber-
mas (1995) que, según la autora, esta-
rían más interesados en la resolución
de conictos. Moue se aleja del modo
normativo que encuadra el pluralismo
como el hecho objetivo de la diversidad
o como una forma de ontologizar la re-
ligión, que al tiempo que visibiliza las
religiones busca retirarlas del espacio
público mediante la regulación de iden-
tidades y la producción de fronteras.
En su visión, la separación entre Esta-
do e Iglesia no es el centro del debate
actual sino la separación entre religión
y poder estatal, y reitera que es el Es-
tado, y no las organizaciones religio-
sas, el que debe tener el control sobre
el poder coercitivo. Para esta autora,
uno de los problemas en el diagnósti-
co es presentar las separaciones entre
Estado-Iglesia, entre público-privado
y entre política-religión como equiva-
lentes y, en consecuencia, la primera
excluiría todas las formas religiosas
de la esfera pública, al identicar po-
lítica con Estado y este último con lo
público. Para Moue, en la medida que
grupos religiosos actúen en los límites
constitucionales no hay razón para que
no intervengan en la arena pública para
pronunciarse a favor o en contra de
ciertas causas.
Moue (2006) plantea un modelo ago-
nístico de democracia como el más
adecuado para legitimar la religión en
el dominio político, sin embargo, ad-
vierte que no se trata de llegar al punto
de reconocimiento legal de demandas
que pondrían en cuestión la propia base
del orden constitucional, y que podrían
abolir incluso la separación entre Igle-
sia y Estado, ya que los principios cons-
titucionales deben ser respetados, y en
la medida que religiosos acepten las re-
glas, no serían forzados a estar fuera de
la arena pública. Ahora bien, los lími-
tes constitucionales varían de acuerdo
con la manera como las sociedades in-
terpretan los principios ético-políticos
constitutivos de cada democracia.
En ese sentido, la democracia moder-
na consiste en reconocer la existencia
de lógicas contradictorias, así como
la necesidad de articulación que a su
vez necesita ser recreada y negociada
sin armonía o punto nal de equilibrio,
porque es en aquel espacio intersticial
que la democracia pluralista podría
existir (Moue, 2005). Esta idea de ver
los conictos como inherentes a la acti-
vidad democrática también es expuesta
por Gurza & Szwako (2024) cuando
analizan los movimientos sociales, e
incluso ven los enfrentamientos como
relacionales, no apenas porque suponen
al otro, sino por las tensiones produci-
das en el cruzamiento de lógicas que
la redenición de las relaciones pro-
duce. En consonancia, Laclau (2014)
parte del principio que no hay una so-
lución perfecta para enfrentarlos, sino
sólo aceptar que no pueden suprimirse
a pesar del gran desafío que signican
variadas voluntades colectivas en espa-
cios políticos de representación univer-
sal, donde se pretende compatibilizar
universalidad con pluralidad en espa-
cios dominados por el particularismo y
la diferencia, pero de todos modos esa
inconmensurabilidad no sería la antípo-
da sino la condición de la democracia.
Acercando este abordaje a contextos
como el mexicano, Rivera (2024) dis-
cute otra perspectiva, no sólo desde